LIBERTAD
INMEDIATA, SIN CONDICIÓN ALGUNA A L@S PRES@S POLÍTICOS CHILENOS Y
MAPUCHE.
Al
Compañero Luis Arturo Castillo Opazo. A
todas y todos l@s Pres@s Políticos chilenos y mapuche, al Compañero Ramiro.
Al
conjunto de l@s Explotad@s para que logremos su liberación inmediata:
Sobre el proyecto de ley que
concede indulto general a l@s pres@s políticos[1].
El proyecto de ley se inicia
por moción de los senadores Provoste,
Allende, Muñoz, Navarro y Latorre y señala que será un indulto general por
razones humanitarias, pero a las personas que se indica y por los delitos que
se señalan. Es decir, el proyecto de ley
ya nace con limitaciones.
Ya en el apartado I,
denominado “Contexto Social y
violaciones a los Derechos Humanos”, subrepticiamente, de modo doloso,
malintencionado, se hace una distinción en los hechos acaecidos desde el 18 de
octubre de 2019. De esa forma podemos
leer en el proyecto de ley: “Con el paso de los días, este evento cobró intensidad y proporciones,
“registrándose en varios casos, de manera repetitiva, abusos, detenciones y uso
desproporcionado de la fuerza para enfrentar estos conflictos por parte de los
agentes estatales, seguido de una falta de alineamiento con los estándares
internacionales en la gestión de las protestas también, que generó una fuerte
agenda de movilizaciones de la sociedad civil”[2].
En paralelo también se registraron y denunciaron saqueos, desórdenes públicos,
incendios, destrucción de mobiliario público y otros ilícitos en perjuicio al
sector privado y afectaciones a funcionarios de seguridad del Estado”. Y esta distinción será la que determina que
el proyecto de ley NO SEA UN INDULTO UNIVERSAL, sino que sólo a ciertos y
determinados casos.
No
podemos dejar de señalar que el proyecto de ley menciona en forma clara y
precisa la aplicación de la nueva ley N° 21.208, conocida como ley “antisaqueos” y “antibarricadas” de
enero de 2020 (que) ha despertado serias preocupaciones debido a que por
ejemplo, castiga penalmente la obstrucción de la vía pública en el contexto de
manifestaciones sociales.[3] Esta referencia
que hace el proyecto de ley contrasta, choca, es contradictorio con lo
expresado más adelante por el mismo documento, con relación a que quienes
votaron a favor de la ley N° 21.208 después
aparecen intentando reparar su desacierto: “Asimismo, los diputados Gabriel Boric, Gonzalo Winter, Gael Yeomans y
Diego Ibáñez, de Convergencia Social (Frente Amplio), presentaron un proyecto
de resolución que propone indultar a quienes han cometido actos vandálicos
desde el 18 de octubre de 2019. Señalaron que este "indulto para presos de
la revuelta social es un mínimo democrático que debemos exigirle a un Gobierno
que violó sistemáticamente los derechos humanos", dice la colectividad,
que también afirma que " los verdaderos criminales durante el estallido
social estuvieron en Carabineros y las Fuerzas Armadas, no en un pueblo que se
movilizó por más justicia y dignidad"[4]”.
Precisar que el conjunto de los explotados no
se movilizaron “por más justicia y dignidad”, sino que precisamente en contra
de la injusticia y la inexistencia de dignidad en Chile. Precisión no menor, pues son los
mismos sectores interesados en levantar la demanda “por más democracia o
profundizar la democracia” cuando millones saben que en Chile desde
el 11 de marzo de 1990 no hay democracia.
Finalmente,
la trampa de este bello gesto humanitario lo encontramos en esu Artículo 7º- “No
quedarán comprendidos entre los tipos penales referidos en el artículo 1º de la
presente ley, el inciso final del artículo 14 D en el Decreto 400 que fija el
texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 17.798 Sobre Control
de Armas y las letras d) y e) del artículo 6º de la ley N° 12.927 de Seguridad
Interior del Estado”[5]. Es decir, excluye en forma inmediata a la
mayoría de l@s presos políticos chilenos encarcelados a causa del alzamiento
popular iniciado el 18 de octubre de 2019, excluye a l@s pres@s políticos mapuche
y excluye al Compañero Mauricio Hernández Norambuena (Comandante Ramiro, a
quien incluso partidos políticos supuestamente de izquierda le niegan el
estatus de preso político).
POR
LO ANTERIOR:
La
libertad inmediata, total, plena, de tod@s l@s pres@s políticos chilenos y
mapuche sigue siendo una tarea del conjunto de quienes desde el 18 de octubre
de 2019, y antes, buscan por todos los medios superar radicalmente el estado de
cosas. Es necesario multiplicar las
campañas nacionales e internacionales para lograr el objetivo de la liberación
total e inmediata de aquellos que simbolizan los anhelos de una Vida que sea
Digna vivirla.
Desde
principios de mayo de 2021 se ha vuelto patente un proceso de desmovilización
social que tiene múltiples y variadas causas, que no es del caso intentar
tratar aquí. Lo esencial es ver cómo en
cada Población, en cada territorio, se avanza cada día, cada hora, cada segundo,
intentando reencender el ánimo de lucha del conjunto de l@s explotad@s. Sólo la movilización de miles y miles ha de
lograr un hecho de trascendental importancia: la liberación de todas y todos
nuestr@s Compañeras y Compañeros que arriesgaron la piel, su Vida, y lo siguen
haciendo, para que la Dignidad se haga costumbre.
BRIGADA DE PROPAGANDA MIR (Coordinadora Nacional) LUIS ALBERTO BARRA
GARCÍA.
Luis Arturo Castillo Opazo, Preso Político a causa del alzamiento
popular iniciado el 18 de octubre de 2019.
Mayo
24 de 2021.
[1] Brigada
de Propaganda MIR Luis Alberto Barra García: PROYECTO DE LEY DE INDULTO
"GENERAL" POR RAZONES HUMANITARIAS.
(brigadapropagandamirluisbarra.blogspot.com)
[2] CIDH. CIDH culmina
visita in loco a Chile y presenta sus observaciones y recomendaciones
preliminares, 31 de enero de 2020. Véase en: https://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/018.asp#
[3]
https://www.amnesty.org/download/Documents/AMR2221042020SPANISH.PDF
[4] https://cooperativa.cl/noticias/pais/manifestaciones/partido-de-boric-propone-indultar-a-los-condenados
por-vandalismo-desde/2020-10-29/082709.html
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